El cambio de nombre y sexo en el registro depende de una ley estatal, en concreto la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI. https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2023-5366
Esta ley exige ser mayor de 14 años y tener nacionalidad española. Las personas mayores de 16 años podrán presentar la solicitud por sí mismas y las menores de 16 años y mayores de 14 lo harán asistidas en el procedimiento por sus representantes legales.
Las personas menores de 14 años y mayores de 12 podrán solicitar la autorización judicial para la modificación de la mención registral del sexo y cada juez o jueza decidirá si lo concede.
Para menores de 12 años, la ley solo permite el cambio de nombre.
Para solicitar cambio de nombre y/o mención de sexo se ha de entregar:
- Solicitud
- Certificado literal de nacimiento
- Libro de familia
- DNI del/la menor, si lo tuviera
- DNI de padre y madre
- Empadronamiento
En caso de tener que pedir autorización judicial (de 12 a 14 años) se recomienda adjuntar documentación con el nuevo nombre: calificaciones escolares, tarjeta de Osakidetza, documentación acreditativa para personas transexuales del Gobierno Vasco, carnets de piscina, de biblioteca…